Redacción, 18-01-2022.- La Comunidad de Madrid ha activado el nuevo procedimiento para tramitar simultáneamente las bajas y altas laborales de aquellos ciudadanos asintomáticos contagiados de COVID-19, que deberán permanecer únicamente siete días de aislamiento en sus domicilios.
Con esta modificación en la aplicación informática se reducirá la carga burocrática a la mitad en Atención Primaria. A partir de ahora el médico podrá emitir la baja y el alta laborales en un único contacto con el paciente en los episodios registrados como infección por COVID-19 asintomáticos, al igual que ocurre en los procesos de Incapacidad Temporal de corta duración, es decir, de hasta cinco días, como recoge el Real Decreto 625/2014.
Tal y como recoge la Comunidad de Madrid, en todas las bajas con este diagnóstico se cargará automáticamente una duración estimada de siete días y, en función de la fecha que se registre, aparecerá automáticamente la de reincorporación sin necesidad de cumplimentarla. Para obtenerla, los asintomáticos que hayan dado positivo en un test autodiagnóstico u otra prueba de detección de infección activa (PDIA) tendrán que contactar con el teléfono gratuito del Centro de Atención al Paciente 900 102 112, informar de su situación e indicar que precisan de la baja para poder cumplir el periodo de aislamiento.
El ciudadano recibirá un SMS de confirmación de la recepción de sus datos e informándole de que el centro de salud contactará con él para hacer efectivos los trámites sin necesidad de pedir cita. Así, se le facilitará baja y alta con duración de siete días a partir de la fecha del resultado positivo. Si aparecieran síntomas durante el periodo de aislamiento y estos se mantienen pasados esos días, deberá contactar con su centro de salud por si fuera necesario prolongarla. Si permanece sin síntomas, transcurrida la semana, deberá incorporarse al trabajo al siguiente día laborable.